Concesión de compensaciones a las Organizaciones que componen el Pleno del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia, establecidas en el concepto IV. Transferencias corrientes del presupuesto de gasto para 2024
Cesrm. Consejo Económico y Social de la Región de Murcia publica esta convocatoria para entidades sin ánimo de lucro en Region de Murcia. El presupuesto total es de 90.000 €. Plazo no publicado en la BDNS: consulta las bases.
Importe total90.000 €
Datos de la convocatoria
- Plazo de solicitud
- No publicado en la BDNS. Las fechas están en las bases o en el extracto oficial.
- Importe total
- 90.000 €
- Financiación
- Presupuestos Generales de las Comunidades Autónomas90.000 €
- Finalidad
- Otras prestaciones económicas
- Pueden pedirla
- Entidades sin ánimo de lucro
- Ámbito geográfico
- Region de Murcia
- Registro en la BDNS
- 31 de octubre de 2025
Bases reguladoras
Resolución del Presidente del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia por la que se establecen las normas reguladoras para la concesión de compensaciones establecidas en el concepto IV. Transferencias corrientes del presupuesto de gasto 2024
Leer las bases en la fuente oficialOtras ediciones
Convocatorias del mismo organismo con un título casi igual, de la más reciente a la más antigua.
- 2022Concesión de compensaciones a las Organizaciones que componen el Pleno del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia, establecidas en el concepto IV. Transferencias Corrientes del presupuesto de gasto para 2022Cerró el 31 mar 2022 · 90.000 €
- 2022Concesión de compensaciones a las Organizaciones que componen el Pleno del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia, establecidas en el concepto IV. Transferencias Corrientes del presupuesto de gasto para 2021Cerró el 26 jun 2021 · 90.000 €
Estos datos proceden de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y pueden cambiar. Antes de presentar la solicitud, comprueba siempre los requisitos y los plazos en la convocatoria oficial. Datos comprobados en la BDNS el 7 de octubre de 2026.