Decreto número 23558/2025, del 4 de julio, de la Concejalía de Comercio y Mercados, en el que se aprueba el convenio de colaboración con la "Associació de Concessionaris del Mercat de la Independència. de Concessionaris del Mercat de la Independència.
Decreto número 23558/2025, del 4 de julio, de la Concejalía de Comercio y Mercados, en el que se aprueba el convenio de colaboración con la "Associació de Concessionaris del Mercat de la Independència. de Concessionaris del Mercat de la Independència.
Ayuntamiento de Terrassa publica esta convocatoria en materia de comercio, turismo y pymes para entidades sin ánimo de lucro en Barcelona. El presupuesto total es de 60.000 €. Plazo cerrado el 4 de julio de 2025.
Importe total60.000 €
Datos de la convocatoria
- Plazo de solicitud
- Del 1 de enero de 2025 al 4 de julio de 2025
- Importe total
- 60.000 €
- Financiación
- Presupuestos Generales de las Entidades Locales60.000 €
- Finalidad
- Comercio, turismo y pymes
- Pueden pedirla
- Entidades sin ánimo de lucro
- Ámbito geográfico
- Barcelona
- Registro en la BDNS
- 15 de julio de 2025
Bases reguladoras
Ordenança general de subvencions que ha de regir l'atorgament de subvencions per a la realització de projectes, activitats i serveis
Leer las bases en la fuente oficialOtras ediciones
Convocatorias del mismo organismo con un título casi igual, de la más reciente a la más antigua.
- 2024Decreto número 30629/2024, del 10 de octubre, de la Concejalía de Comercio y Mercado, por el que se aprueba el convenio con la Associació de Concessionaris del Mercat de la IndependènciaCerró el 10 oct 2024 · 30.000 €
- 2021Decreto del 22 de juliol de 2021 por el que se aprueba el convenio de colaboración con la Asociación de Concesionarios del Mercat de la IndependènciaCerró el 22 jul 2021 · 18.669 €
Estos datos proceden de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y pueden cambiar. Antes de presentar la solicitud, comprueba siempre los requisitos y los plazos en la convocatoria oficial. Datos comprobados en la BDNS el 7 de octubre de 2026.